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OBLIGATORIEDAD DE COLEGIARSE Según se recoge en el Artículo 35 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General, La Colegiación es obligatoria. Es un requisito indispensable para el ejercicio de la profesión del Ingeniero Técnico Agrícola el estar incorporado al Colegio correspondiente y es única, es decir, que bastará estar incorporado a un solo Colegio para ejercer en todo el territorio nacional.
REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA COLEGIARSE Para darse de alta en el Colegio es necesario estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Agrícola en alguna de sus especialidades. La documentación necesaria es:
COSTES
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